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domingo, 22 de enero de 2012

Contracepción "Católica": ¡Apostasía y Herejía!

Extraído Íntegramente de la Página EL CRUZADO 

Perder la fe en nombre de la fe 

Hace un par de semanas, uno de nuestros lectores nos preguntaba por la doctrina de la Iglesia sobre los métodos de anti-concepción. Citamos, en el correo de respuesta, la encíclica Castii Connubii de SS. Pio XI, sobre el matrimonio cristiano. En ese documento pontificio, se explican los fundamentos del sacramento del matrimonio, contexto en el cual el santo padre explica los fines primarios y secundarios del matrimonio, así como otros aspectos relevantes del sacramento.

El manual de anti-concepción “natural”

Nuestra lectora, quien asistía regularmente a los círculos de “formación” del Opus Dei, contra-argumentaba diciendo que no solamente había aprendido el método de anticoncepción “natural” (la contracepción de suyo va contra la “naturaleza” del acto matrimonial) llamado el método Billings, sino que en ese movimiento modernista había recibido un manual en el cual puede seguir paso a paso este método, documento recibido en la Universidad de los Andes. Vea foto adjunta.
El Opus Dei promueve la doctrina anti-cristiana del método "Billings"
Manual promovido en la Universidad de Los Andes, dirigida por el Opus Dei
Contenido del manual
Contenido del manual

La introducción y los sofismas para justificar el error
Los monitores le enseñaban este método indicando que había sido aprobado por el magisterio de la Iglesia. Más aún se reafirmaba en ella esta convicción toda vez que el anti-papa Benedicto XVI en su libro herético “Luz del mundo, entrevista con Peter Seewald” afirma que la anticoncepción llamada “natural” (¡!) es una forma de vida:
“Pregunta – Pero, ¿en realidad la Iglesia rechaza cualquier tipo de regulación de la concepción ? Respuesta – No . Después de todo, todo el mundo sabe que la Iglesia afirma la regulación natural de la concepción, que no sólo es un método, sino también una forma de vida”, Benedicto XVI, Luz del Mundo, 2010, p. 147.

La doctrina católica es diametralmente opuesta a la herejía promovida por el anti-papa Benedicto XVI y del Opus Dei

Esta lectora nos pidió que explicáramos por qué la posición católica es diametralmente opuesta a lo que ese movimiento religioso herético le enseña. Y la respuesta es muy simple: el magisterio de la Iglesia define la práctica de ese método “natural” como un vicio contra el fin primario del matrimonio, el llamado “onanismo conyugal”. Onán, en el Antiguo Testamento, hacía una práctica similar al método Billings ya que no quería que su mujer quedase embarazada. La respuesta de Dios fue inmediata: lo mató. Con esto la Iglesia demuestra – al contrario de lo que sostienen los seudo católicos que promueven una fe cuyos dogmas son exclusivamente los gustos individuales – que Dios aborrece el onanismo conyugal, vicio que impide el fin primario del matrimonio: la procreación, “Creced y multiplicaos y llenad la tierra”, Gen 1, 28.

Los argumentos contra la fe

Luego de consultar a los monitores del “círculo” de formación del Opus Dei por este punto doctrinario, nos comentó que la aprobación de la Iglesia al método “natural” se explicaría porque la mayoría de las familias no podrían sostener una prole numerosa. Y la Iglesia, entendiendo el problema económico del hombre moderno, aceptaba en consecuencia esta práctica. Si por un segundo le diésemos la razón a esos supuestos “católicos” nos veríamos, por lógica, forzados a aceptar alguna de estas dos absurdas consecuencias:
Primero, cuando Dios dice en el Génesis al hombre, “Creced y multiplicaos” sencillamente se habría equivocado, se requeriría algo más preciso como “multiplicaos sólo si dispones del dinero para hacerlo”. ¿No es acaso una ofensa a Dios pensar así?
Segundo, Dios le pediría al hombre algo que este no podría dar. Le pediría tener una descendencia numerosa a la cual él no podría dar sustento: el resultado sería que la prole moriría en la escasez y miseria total. Incluso los paganos reconocen, por un principio conforme al orden natural, que se falta a la justicia con quien se le exige algo que no puede dar. En otras palabras, si exigiéramos a un infante de 5 años que rindiera un examen de graduación en una facultad de economía, aún a las conciencias más deformadas por la pastoral moderna, les resultaría fácil reconocer que esa exigencia “no sería justa”
El Papa Pio XI en su encíclica Castii Connubii, por definición del Concilio Vaticano I, hace uso de la infalibilidad pontificia. Es dogma de fe que el Santo Padre es infalible cuando hace uso del oficio de doctor y pastor de la Iglesia y enseña a la Iglesia universal materias de fe o moral. Todos estos requisitos se cumplen en Castii Connubii, lo que coloca a los falsos católicos del Opus Dei frente a la disyuntiva de obedecer o rechazar lo que infaliblemente enseña la Iglesia. ¿Qué hacer? ¿Obedecer con filial obediencia o revelarse con el orgullo de la serpiente? Es lamentable constatar la irrefutable realidad: este grupo seudo-católico sigue adelante enseñando el error a sabiendas y así, va haciendo que los fieles pierdan la fe, en nombre de la fe: una de las peores atrocidades de la historia de la civilización cristiana.


Descargue aquí la Enciclica Casti Connubii PP Pio XI

Fuente: Aquí
 

domingo, 31 de enero de 2010

Sin el 666 nadie compre ni venda


La ungida gordita amiga de Bergoglio y su partido político están muy contentos: Han conseguido imponer su contraceptivismo anticristiano a la sociedad, a los trabajadores de comercios y a los que aún tienen objeción de conciencia para no plegarse a la barbarie sexual contemporánea y contumaz. Recordemos lo que nos espera en los tiempos finales: "Y hacía que a todos, pequeños y grandes, ricos y pobres, libres y esclavos, se les pusiese una marca en la mano derecha, o en la frente; y que ninguno pudiese comprar ni vender, sino el que tuviese la marca o el nombre de la bestia, o el número de su nombre... Y su número es seiscientos sesenta y seis» (Apocalipsis 13, 16-18).


La Triste Noticia:

NOTIVIDA, Año X, Nº 650, 29 de enero de 2010

Ciudad Autónoma de Buenos Aires


OBLIGATORIO EXPENDIO DE PRESERVATIVOS

Serán pasibles de sanción los dueños de bares, confiterías, restaurantes, teatros, locales de baile, clubes de música en vivo u otro lugar habilitado para espectáculos públicos que no dispongan de preservativos en algún lugar del local (máquinas expendedoras, caja, boletería o administración). Otro avance totalitario que no prevé la objeción de conciencia para el dueño del comercio.

Por Mónica del Río

Se publicó ayer en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires la

Ley 3320
que obliga a los dueños de bares, confiterías, restaurantes, teatros, locales de baile, etc. a asegurar el expendio de preservativos en su local.

El proyecto del diputado de mandato cumplido Facundo Di Filippo (Coalición Cívica) había sido aprobado en la sesión del 26 de noviembre de 2009 con 43 votos afirmativos y ninguno negativo. Se abstuvieron los macristas Victoria Morales Gorleri, Diana Martínez Barrios y Oscar Zago.
Es responsabilidad del dueño del local “la provisión permanente de preservativos en máquinas expendedoras ubicadas en los baños de hombres y mujeres. En caso de no poseer máquinas expendedoras debe expender preservativos en la caja, boletería o administración del lugar y debe fijar un cartel claramente visible en los baños de hombres y mujeres donde indique el lugar en que se venden los preservativos dentro del local”.

Destaquemos que un comerciante no está obligado a tener stock de ningún producto, ni siquiera del que es objeto de su comercio. Puede faltar café en una cafetería o agua mineral en un bar, lo único que ahora no puede faltar son los condones.
Afirma Di Filipo en el proyecto que dio origen a la Ley (Exp. Nº 1630-D-2008) que la Ordenanza N° 51.189 ya disponía la obligatoriedad de instalar máquinas expendedoras de preservativos pero que habitualmente las máquinas no contenían preservativos.
Si el dueño del local no cumple con la norma será pasible de la sanción prevista en el artículo 1.2.4 del Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires sobre Prevención de enfermedades transmisibles: “El/la que omita el cumplimiento de las normas relacionadas con la prevención de las enfermedades transmisibles … es sancionado/a con multa de $ 500 a $ 10.000 y/o clausura y/o inhabilitación”.
La ley no prevé la objeción de conciencia para el dueño de un bar que estime que la promoción masiva e indiscriminada del preservativo banaliza la sexualidad o para el propietario de un local de comidas rápidas que no quiera alentar el
sexo express.

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